La AP no es el mecanismo idóneo para acreditar inmoralidad cuando el Estado cobre impuestos, tasas y contribuciones
Lo que está probado es que en muchos casos lo avalúos superaron el tope, pero -se insiste- en esto no se presenta irregularidad, porque la ley prohibe cobrar más del 100% de lo liquidado el año anterior por concepto de impuesto predial; pero no prohibe incrementar el avalúo por encima de ese porcentaje: Consejo de Estado.
Publicado por Artículo20 en: 2016/09/02
Consejo de Estado--2016-N
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