Corte Suprema define y precisa las características de los elementos comunes para que exista unión marital de hecho
Lo que se saca en claro es que el señor, independientemente de las dificultades que pudieron presentarse en su matrimonio, mantuvo siempre la relación con su esposa y, paralelamente, se vinculó afectivamente con la promotora de este asunto litigioso, lazo que pese a que pudo perdurar por mucho tiempo, no fue permanente, en sentido estricto, sino de encuentros transitorios, principalmente, los fines de semana.
Publicado por Artículo20 en: 2017/01/23
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2016-N
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