REVOCADO PARCIALMENTE AUTO DE AUDIENCIA INICIAL Los actos demandables en cobro coactivo tributario, en principio, son los que fallan las excepciones y ordenan llevar adelante la ejecución; también lo son los que afectan intereses u obligaciones
Los actos administrativos NO demandables son los preparatorios, de trámite y de ejecución: 1. Es el acto que decide nulidad en el cobro coactivo, pues no modifica la situación jurídica del contribuyente; 2. Es el acto que rechaza de plano el recurso de apelación, ya que no analiza de fondo el asunto discutido; 3. El de silencio administrativo en revocatoria directa, pues al no darse respuesta a la solicitud de revocatoria no se configura un acto administrativo.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/27
Consejo de Estado--2016-N
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