No procede la extensión de jurisprudencia porque el interesado no acreditó haber solicitado la extensión ante la DIAN ni sustenta su procedibilidad
En caso de ser negada la solicitud de extensión de jurisprudencia por la administración el interesado queda facultado para acudir ante el Consejo de Estado. La extensión de jurisprudencia: 1. Tiene como finalidad garantizar que la administración aplique de manera uniforme la ley en los términos en que fue interpretada por la jurisprudencia de unificación, y, 2. La Administración debe extenderla en los casos que se encuentren en iguales situaciones fácticas y jurídicas siempre que se trate de sentencias de unificación.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/07
Consejo de Estado--2016-N
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