REFRIGERIO INDUSTRIALIZADO Vs ALMUERZO Corte advierte a padres de familia que el refrigerio tipo almuerzo dado en Colegios en ningún momento puede constituir la alimentación principal de sus hijos
La Corte le ordena a la Gobernación Departamental accionada reanudar el suministro del complemento alimentario tipo almuerzo en la Institución Educativa donde estudia el menor de edad representado, bajo las mismas o mejores condiciones en las que se prestó este servicio durante el año escolar 2015.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/22
Corte Constitucional-Sentencia-2016-N
|