Productos amparados por signo solicitado se ofrecen dentro de los mismos canales de comercialización de la marca previamente registrada
Cotejo marcario – Entre el signo nominativo “Aldo” y la marca mixta “Aldo” // Registro marcario – No procede frente al signo “Aldo” para distinguir productos comprendidos en la clase 14 de la Clasificación Internacional de Niza por existir Conexión Competitiva con la marca “Aldo” previamente registrada en la clase 25.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/27
Consejo de Estado--2016-N
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