EN FIRME ELECCIÓN DE CONCEJAL DE SOACHA 2016-2019 La doble militancia no se configura por omisión del deber de respaldar al candidato inscrito por el propio partido; el apoyo a candidato de otro partido exige ejecución de actos positivos y concretos
La Sala no comparte el argumento expuesto por el actor según el cual la prohibición legal tiene un carácter ambivalente que permite entenderla en diferentes sentidos, al punto de configurar la doble militancia por la omisión del deber de respaldar al candidato inscrito por el propio partido político.
Publicado por Artículo20 en: 2017/02/22
Consejo de Estado--2016-N
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