Por irrespeto a la capacidad jurídica, al anular la posibilidad de disponer de su patrimonio pensional, Corte imparte directriz a Colpensiones
No inclusión en nómina de pensionado al exigir curador a persona de 70 años de edad por discapacidad mental absoluta. La conducta de la entidad lesionó tres los derechos fundamentales, pues lo privó arbitrariamente de la posibilidad de controlar sus propios asuntos económicos, disfrutar su pensión de invalidez y contar con los recursos necesarios para asegurar su digna subsistencia. Es persona de 70 años de edad. Enfermo por accidente vascular encefálico agudo.
Publicado por Artículo20 en: 2017/03/16
Corte Constitucional-Sentencia-2016-N
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