RECAUDO DE CARTERA POR ASOCIACIONES DE MUNICIPIOS Sujeción de las asociaciones de municipios a la contribución sobre contratos de obra pública de que trata la Ley 1106 de 2006
Al repasar el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006 y el Decreto 3461 de 2007 que reglamentó dicho artículo, indicó que si una asociación de municipios suscribe un contrato o convenio interadministrativo con un municipio, en el que la asociación actúa en calidad de contratista de obra pública, el municipio estará en la obligación de retener el 5% sobre los pagos efectuados al contratista, esto es a la asociación de municipio.
Publicado por Artículo20 en: 2017/03/08
MinHacienda--Concepto--2017-N
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