Pensiones de trabajadores amparados por el artículo 260 del CST, hoy régimen de transición de ley 100, gozan de exención del impuesto sobre renta
Dian le cobró a un pensionado por el 260 del CST impuesto de renta y multa. Corte ordena reversar. “Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobreviviente y riesgos profesionales son susceptibles de exención del impuesto sobre la renta, incluso desde antes de la expedición de la ley 100”: Corte Constitucional.
Publicado por Artículo20 en: 2017/06/21
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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