ARTÍCULO 14 DE LA LEY 80 DE 1993 Contrato Estatal con régimen privado: Tratándose de ESP la jurisdicción está determinada no por el régimen jurídico aplicable al contrato o proceso de selección sino por la inclusión de cláusulas exorbitantes
Demandante: Transporte Turístico Colegial y Empresarial “Transturcol Ltda”. Demandada: Transportadora de Gas Internacional S.A. ESP, TGI SA ESP. La demanda original fue presentada ante la Justicia ordinaria Civil. Posteriormente, fue enviada a la contencioso administrativa. La demanda es de controversias contractuales y no, la acogida por el Tribunal, de nulidad y restablecimiento del derecho. El Tribunal rechazó la demanda por caducidad del medio de control, auto que fue revocado por el Consejo de Estado.
Publicado por Artículo20 en: 2017/05/05
Consejo de Estado--2017-N
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