Por no tener en cuenta que era joven en campo laboral, aunque no acreditó 50 semanas cotizadas dentro de los últimos 3 años, Corte ordena acceso a pensión de invalidez
“Para cuando se estructuró la pérdida de capacidad laboral, por su edad, el agenciado estaba en un período vital de tránsito hacia la inserción plena y relativamente estable en el mercado laboral u ocupacional, pues aunque previamente ya había comenzado a laborar, en todo caso estaba en un momento germinal y, por ende, contaba con un historial incipiente, corto, limitado e inestable de aportes al Sistema General de Pensiones”.
Publicado por Artículo20 en: 2017/08/08
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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