ETERNIT CONTRA MINTRABAJO Las empresas están en la obligación de reabrir sus instalaciones luego de levantada la huelga y permitir el ingreso de los trabajadores a reintegrarse a sus puestos de trabajo
La Sala confirma fallo de primera instancia que niega las pretensiones de la demandante de anular la sanción pecuniaria que le impuso el Ministerio del Trabajo por no abrir sus instalaciones luego de levantada una huelga en diciembre de 2001.
Publicado por Artículo20 en: 2017/06/13
Consejo de Estado--2017-N
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