Nulo aparte del ET de Yopal que obligaba a pagar una tarifa a quien excave espacio público para instalar redes subterráneas de servicios públicos
El impuesto que cita el Literal c) del artículo 233 del Decreto 1333 de 1986 está derogado por expreso mandato del artículo 186 de la Ley 142 de 1994. El impuesto derogado, autorizó a los municipios para cobrar un impuesto por dos actividades parecidas, en cuanto son formas de intervención de un bien público, como lo es el subsuelo, a saber: i) excavarlo para cualquier propósito y ii) utilizarlo, lo que supone una afectación de relativa continuidad en el tiempo.
Publicado por Artículo20 en: 2017/06/20
Consejo de Estado--2017-N
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