CONTRATO DE SEGURO La indexación no se asimila a daño emergente pues solo actualiza la moneda por efectos de la devaluación
“Con fundamento en la corrección monetaria, la jurisprudencia tiene determinado que la indexación, en estricto sentido, no es una sanción que suponga un componente indemnizatorio adicional, como sí ocurre con los intereses legales o por mora en el pago de las obligaciones, ni supone pagar más de lo adeudado, pues tiene como propósito mantener el poder adquisitivo de la moneda”.- Llamado de atención a servidores públicos en el cumplimiento de sus funciones.
Publicado por Artículo20 en: 2017/07/05
Consejo de Estado--2016-N
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