Al negar examen médico para valorar impacto de accidente de tránsito y por tanto el diagnóstico de pérdida de capacidad laboral, se vulnera derecho fundamental a seguridad social
El examen de pérdida de capacidad laboral y el pago de honorarios eventuales a Junta de Calificación de Invalidez requeridos para que se lleve a cabo el examen de pérdida es un requisito indispensable para que la accionante pueda acceder a la indemnización por incapacidad permanente amparada por el Seguro obligatorio de accidentes de tránsito (Soat).
Publicado por Artículo20 en: 2017/09/12
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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