El que Gobernación pida revisión constitucional y legal de Acuerdo municipal, no la inhabilita demandarlo a posteriori en nulidad simple
Revisión constitucional y legal y medio de control de nulidad – Diferencias. Revisión constitucional y legal de acuerdo – No impide su demanda en ejercicio del medio de control de nulidad. La Gobernación de Putumayo demandó en nulidad simple el acuerdo de San Miguel por medio del cual se adicionan vigencias expiradas en el presupuesto.
Publicado por Artículo20 en: 2017/08/14
Consejo de Estado--2017-N
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