EPS no puede negar internación en institución para tratamiento por salud mental en caso de que peligre integridad del paciente, familia o comunidad
Capital Salud E.P.S. al desconocer el artículo 66 de las Resoluciones 5992 de 2015 y 6408 de 2016 respectivamente compromete condiciones de vida tanto del agenciando como de su núcleo familiar al negar la internación permanente en institución tipo de hogar de cuidados ordenado por un médico adscrito a la entidad, más aun teniendo pleno conocimiento de las limitaciones económicas y físicas del accionante
Publicado por Artículo20 en: 2017/08/17
Corte Constitucional-Sentencia-2017-N
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