AGENCIAMIENTO MARÍTIMO La no oposición en sede administrativa al registro de una marca no impide su posterior demanda
Acumulación de pretensiones – Procedencia. Uso de nombre comercial – Prueba. Nombre comercial protegido –Lo es Multiport E.U. Cotejo marcario – Entre el nombre comercial Multiport E.U. y el signo Multiport. Registro marcario – Improcedencia frente al signo Multiport al ser similarmente confundible con el nombre comercial Multiport E.U.
Publicado por Artículo20 en: 2017/08/29
Consejo de Estado--2017-N
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