PRECIOS TRANSFERENCIA Deudas contraídas entre vinculados económicos, no se reconocen como de difícil cobro, por lo cual no son deducibles de la renta
La deducción de la provisión constituida para la cartera de dudoso o difícil cobro no se cuenta entre las operaciones de egreso costos y deducciones a las que se les aplica el régimen de precios de transferencia, por ende, no puede ser deducida en el impuesto sobre la renta de los contribuyentes sometidos a ese régimen.
Publicado por Artículo20 en: 2017/11/15
Consejo de Estado--2017-N
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