“Marco normativo no ampara diseño y ejecución de programa alguno que pueda denominarse “Cero Vertimientos”: Ambiente Bogotá
Lo anterior no es óbice para que la Secretaría de Ambiente de Bogotá pueda desarrollar los procedimientos que viene implementando bajo esa denominación, en tanto exista amparo legal para que los vertimientos producto del proceso industrial puedan entregarse a un tercero, siempre y cuando esté legalmente autorizado y el generador cumpla con la normativa sobre esta materia si su vertimiento es considerado un residuo peligroso.
Publicado por Artículo20 en: 2017/11/23
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