“Consultas populares no pueden realizarse sin agotar mecanismos de concertación con la Nación”: Consejo de Estado
El pronunciamiento del Alto Tribunal se dio en el marco de una acción de tutela contra de una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que avalaba la consulta popular que se pretendía realizar en el municipio de Une. Para el Consejo de Estado no resulta posible que la planeación, aprovechamiento, exploración y explotación de recursos naturales no renovables se someta a una consulta popular del orden municipal, sin que previamente se hayan agotado los mecanismos de concertación con autoridades nacionales previstos en las normas constitucionales y en la ley.
Publicado por Artículo20 en: 2018/04/30
ANADEJUR--Comunicado--2018-N
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