Si trabajo universitario cumple requisitos de creación intelectual, original, de carácter literario o artístico y es susceptible de ser divulgado o reproducido, se considera como obra
Así, se convierte en objeto de protección por parte del derecho de autor. La titularidad de los derechos morales y patrimoniales reside en cabeza del estudiante como autor de la obra, salvo en aquellos casos en los que se hubiese cedido los derechos patrimoniales, de forma previa y expresa.
Publicado por Artículo20 en: 2018/05/17
DIRDerechosdeAutor--Concepto--2018-N
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