IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS Anulado aparte de Decreto que impone requisito para aceptar el avalúo como costo fiscal en la enajenación de inmuebles, pues excedió el límite de la potestad reglamentaria
El acto anulado es el numeral 3 del artículo 7 del Decreto 326 de 1995, el cual dispone: como requisito para Aceptar el Avalúo como costo fiscal al enajenar inmuebles que “3. Si se trata de avalúo formado, el valor que se utilice como costo fiscal debe ser el mismo denunciado en la declaración del Impuesto de Renta y Complementarios correspondiente al año gravable anterior al de la enajenación”.
Publicado por Artículo20 en: 2018/06/28
Consejo de Estado--2018-N
|