Por el uso de redes sociales Colegios están facultados para sancionar a estudiantes que afecten el derecho a la intimidad
Para el Tribunal, no se viola el derecho a la educación cuando un colegio sanciona con expulsión, previa intervención y análisis del Comité de Convivencia Escolar, a un estudiante por la utilización indebida de redes sociales. Además, la Corte estableció en la sentencia que los procesos disciplinarios deben adelantarse en idioma oficial de Colombia.
Publicado por Artículo20 en: 2018/07/05
Corte Constitucional-Sentencia-2018-N
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