Cancelación de licencia al conducir en estado de embriaguez prestando servicio de transporte con vehículo particular opera por reincidencia en período de 6 meses
Para el caso de cancelación de la licencia de conducción por conducir en estado de embriaguez deberá estarse a lo dispuesto en la Ley 769 de 2002, en concordancia con lo estipulado en la Ley 1696 de 2013. En caso de prestar servicio público de transporte con vehículos particulares, procederá la cancelación cuando se compruebe que es reincidente en esta misma falta en un periodo de 6 meses; cabe recordar que el parágrafo del citado artículo 26 establece que transcurridos 25 años de la cancelación, el conductor podrá solicitar una nueva licencia de conducción.
Publicado por Artículo20 en: 2018/08/03
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