EL IVA EN LICORES ES PLURIFÁSICO A la venta de licores, vinos, aperitivos y similares se le aplicará el IVA con una tarifa del 5% y deberá ser discriminado en todas las facturas de venta hasta su consumidor final
El IVA de bienes sujetos a participación o impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares después de realizados los descuentos y devoluciones, debe ser cedido a los Departamentos con destino al aseguramiento en salud.
Publicado por Artículo20 en: 2018/12/04
DIAN--Concepto--2018-N
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