Tema: Imporrenta y Complementarios. Descriptores: Renta exenta en servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles. Personas naturales. Fuentes formales: Artículos 207-2, 240 y 336 del Estatuto Tributario
Respecto de las personas naturales se tendrá que acudir al ordenamiento jurídico, para efectos de establecer cuáles son las rentas exentas que les resultan aplicables y, a título de ejemplo, se traen a colación las rentas laborales contenidas en el artículo 206 del E. T.
Publicado por Artículo20 en: 2019/07/02
DIAN--Concepto--2019-N
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