Tema: IVA. Descriptores: Servicio de Alimentación. Servicios Excluidos. Bienes Excluidos. Bienes Exentos. Fuentes formales: artículos 424, 476 numeral 19 y 477 del Estatuto Tributario
En sentencia C-209 del 27 de abril de 2016 la Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada del numeral 3 del artículo 71 de la Ley 1607 de 2012, disposición que introdujo los artículos 512-1 y siguientes al Estatuto Tributario- que no excluyó como hecho generador del impuesto al consumo los contratos de alimentación celebrados par instituciones del Estado con recursos públicos y destinados a la asistencia social.
Publicado por Artículo20 en: 2019/07/02
DIAN--Concepto--2019-N
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