El régimen de autorización general para escisión recae sobre SuperSociedades cuando se trate de sociedades mercantiles
El artículo 100 del Código de Comercio establece que se tendrán como comerciales, para todos los efectos legales las sociedades que se formen para la ejecución de actos o empresas mercantiles. Si la empresa social comprende actos mercantiles y actos que no tengan esa calidad, la sociedad será comercial. Las sociedades que no contemplen en su objeto social actos mercantiles, serán civiles.
Publicado por Artículo20 en: 2019/07/22
SuperSociedades--Concepto--2019-N
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