Publicado en Diario Oficial para comentarios proyecto Creg que define los principios, comportamientos y procedimientos que deben cumplir los comercializadores minoristas en la celebración de contratos de energía destinados al mercado regulado
Hasta el 21 de julio se reciben comentarios y observaciones dirigidas al Director Ejecutivo de la Comisión, a la siguiente dirección: Avenida calle 116 No. 7-15, Edificio Torre Cusezar, Interior 2, oficina 901 o al correo electrónico creg@creg.gov.co con asunto: “Comentarios Resolución CREG 079 de 2019”.
Publicado por Artículo20 en: 2019/07/18
CREG--Resolucion--2019-N
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