La modalidad de selección de mínima cuantía cuenta con reglas especiales de aplicación exclusiva
"Para los procesos publicados en SECOP I, “una vez vencido el término para presentar ofertas, la Entidad Estatal debe realizar la apertura de las propuestas en presencia de los proponentes o veedores que deseen asistir. En SECOP II “las Entidades Estatales después de ocurrido el cierre del Proceso deben entregar la copia solicitada de las ofertas recibidas o publicar las ofertas en SECOP II, salvo aquella información sujeta a reserva legal”: Colombia Compra.
Publicado por Artículo20 en: 2019/10/22
Col-Compra-Eficiente--Concepto--2019-N
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