FINALIDAD DE LAS MEDIDAS CAUTELARES Medidas cautelares previstas en el Código General del Proceso podrán ser aplicadas en procesos declarativos adelantados en la jurisdicción contenciosa administrativa
En firme decisión mediante la cual se decretó una medida cautelar consistente en la inscripción en el establecimiento de comercio de la demanda promovida por Aguas Nacionales EPM S.A. ESP contra la Compañía Colombiana de Consultores SAS y otro.
Publicado por Artículo20 en: 2019/12/19
Consejo de Estado--2019-N
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