POTESTAD REGLAMENTARIA Anulada expresión “y cuya venta se realiza al consumidor final” contenida en el Decreto Reglamentario que regula la tarifa de IVA para maíz y arroz
La expresión anulada está contenida en el artículo 1 del Decreto Reglamentario 1794 de 2013. Adicionalmente, la Sala declaró la legalidad condicionada de la expresión “que no han sido sujetos a transformaciones y preparaciones” contenida en el mismo artículo. Finalmente, declaró la nulidad del Oficio Dian 011187 de 2014, sobre las condiciones para la procedencia de la exclusión del IVA en la importación y venta de arroz, de maíz y de maíz trillado.
Publicado por Artículo20 en: 2019/12/20
Consejo de Estado--2019-N
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