Derecho de huelga no está prohibido en todo el sector salud, sino estricta y exclusivamente en servicios cuya interrupción pone en peligro directo la salud y vida: Corte Suprema
Al rectificar su criterio, Corte Suprema señala que el procedimiento de los artículos 444 y 445 del Código Sustantivo de Trabajo solo aplica a la huelga que sirve de presión para la suscripción de un convenio colectivo al interior de una empresa.
Publicado por Artículo20 en: 2020/10/27
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2020-N
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