Anulado acto Dian según el cual los impuestos predial e ICA causados en 2011 no constituyen pasivo exigible a la fecha de causación del impuesto al patrimonio
Para el 1 de enero de 2011, el impuesto predial y del ICA constituyen obligaciones tributarias previamente causadas y, por tanto, un pasivo para el contribuyente del impuesto nacional, independientemente de que se declaren y paguen después. El acto anulado es el Concepto 081582 de 2011, expedido por la Dian.
Publicado por Artículo20 en: 2020/11/23
Consejo de Estado--2020-N
|