SOPORTE DE DEDUCCIONES Tras precisar los elementos de contratos de colaboración empresarial, Consejo de Estado explica las características de contratos de cuentas en participación para efectos fiscales
Ante la existencia de elementos que permitan inferir que contrato de colaboración empresarial corresponde a prestación de servicios, contribuyentes deberán probar la realidad contractual. En virtud de la autonomía de la voluntad, contratos de cuentas en participación no se desnaturalizan para efectos fiscales por pactar una distribución de los ingresos y no de la utilidad.
Publicado por Artículo20 en: 2020/09/14
Consejo de Estado--2020-N
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