CORTE CASA FALLO DE TRIBUNAL Corte rectifica criterio al establecer que el pacto de salario integral debe constar por escrito, de lo contrario el acto es inexistente
Esto no significa que dicho pacto deba estar incorporado en el clausulado del contrato de trabajo, bien puede suscribirse como un anexo al mismo o mediante documento separado e incluso, mediante un cruce de comunicaciones que refleje la intención del trabajador de convenir un salario integral, con todas sus consecuencias.
Publicado por Artículo20 en: 2020/09/16
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2020-N
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