Covid-19: Soluciones tecnológicas para la Rama Judicial deberán incluir la opinión de abogados litigantes
El magistrado Guillermo Sánchez Luque aclaró el voto, porque si bien está de acuerdo con lo decidido por la mayoría, consideró que dos de las órdenes impartidas coincidían con las medidas que ya había adoptado el Consejo Superior de la Judicatura. De ahí que, a su juicio, fuera innecesario imponer deberes relacionados con el recibo y reparto de demandas, la gestión en línea, la firma electrónica y la participación de otros actores en esta transformación digital. Para el Consejero, estas medidas son propias de la función administrativa del órgano que conduce la Rama Judicial y el juez no puede interferir en ellas.
Publicado por Artículo20 en: 2020/09/25
Consejo de Estado--2020-N
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