Corte Suprema define competencia en proceso contra exsenador Álvaro Uribe Vélez
Según este pronunciamiento, el traslado de la competencia de la Sala Especial de Instrucción de la Corte –donde opera el procedimiento de la Ley 600 de 2000–, ante la desaparecida condición foral del exsenador Uribe Vélez, cambia el procedimiento al de la Ley 906, porque los jueces ordinarios no están legalmente habilitados para tramitar bajo la Ley 600 asuntos ocurridos después de la implementación del sistema acusatorio (1º de enero de 2008).
Publicado por Artículo20 en: 2020/10/08
Corte Suprema de Justicia- Auto-2020-N
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