SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA Mantienen sanción contra la Industria Nacional de Gaseosas por verter residuos con capacidad de contaminar humedal Capellanía
Tema: Vertimiento, sin tratamiento, de residuos líquidos que puedan contaminar o eutroficar las aguas, causar daño o poner en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la flora o fauna o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos; modificación en el proceso de producción o en el sistema de tratamiento que incide en el vertimiento; motivación y proporcionalidad de la sanción; causales atenuantes y agravantes de la responsabilidad; y violación al debido proceso administrativo.
Publicado por Artículo20 en: 2020/10/14
Consejo de Estado--2020-N
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