Texto fallo: Al Unificar, Corte interpreta el artículo 62 del CST y fija los requisitos para que el empleador dé por terminado de manera unilateral el contrato de trabajo
En todo caso, con fundamento en la dignidad humana y la eficacia horizontal de los derechos fundamentales, el empleador debe garantizar, de manera previa al despido, el derecho del trabajador a ser oído, para proteger sus derechos a la honra y al buen nombre: Corte Constitucional.
Publicado por Artículo20 en: 2020/10/22
Corte Constitucional-Sentencia-N/A
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