REGLA JURISPRUDENCIAL SOBRE EL IBL DEL RÉGIMEN DE TRANSICIÓN Factores salariales del IBL para la pensión de vejez de los servidores públicos beneficiarios de la transición serán únicamente sobre los que se haya cotizado: Consejo de Estado
El IBL artículo 36 de la Ley 100 hace parte del régimen de transición para los beneficiarios que se pensionen con los requisitos de edad, tiempo y tasa de reemplazo del régimen general de pensiones previsto en la Ley 33 de 1985.
Publicado por Artículo20 en: 2020/11/23
Consejo de Estado--2020-N
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