CONCEPTO DE DAÑOS POR REBOTE En responsabilidad estatal, para efectos del reconocimiento de perjuicios morales a familiares de la víctima dentro del primer grado de consanguinidad bastará con probar el parentesco
Los cónyuges y compañeros permanentes se encuentran en el nivel 1, por lo que les es suficiente acreditar el parentesco y, en el caso de compañeros permanentes, la convivencia para el reconocimiento de perjuicios morales en casos responsabilidad estatal.
Publicado por Artículo20 en: 2020/12/09
Consejo de Estado--2020-N
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