Exclusión de los beneficios de la Ley de Justicia y Paz por incumplimiento del deber postulado frente al esclarecimiento a la verdad
La Sala recabó el precedente jurisprudencial contentivo de la regla de exclusión en eventos en que se demuestra la existencia de una sentencia condenatoria por delito doloso con posterioridad a la desmovilización, así como el criterio excepcional predicable de situaciones en que la entidad de la conducta sea mínima, para los cuales es viable ponderarla frente al derecho de las víctimas y la sociedad a conocer la verdad.
Publicado por Artículo20 en: 2021/02/04
Corte Suprema de Justicia- Auto-2020-N
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