INTERESES MORATORIOS EN MATERIA PENSIONAL Por expresa prohibición constitucional y legal, salario de servidores públicos es incompatible con la pensión de vejez y de jubilación: Consejo de Estado
Los afiliados que se trasladaron al Rais y no hayan cumplido 15 años de servicios cotizados al 1 de abril de 1994 pierden la posibilidad de pensionarse con el régimen de transición. Régimen especial de pensiones de los servidores de la Rama Judicial y del Ministerio Público.
Publicado por Artículo20 en: 2021/03/11
Consejo de Estado--2020-N
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