EN FIRME DECLARATORIA DE ILEGALIDAD A CESE DE ACTIVIDADES El conflicto colectivo no se puede reducir a aquel que abre el camino a la negociación colectiva estrictamente reglada en las leyes sustantivas laborales
Lo anterior, por cuanto que, hoy por hoy, se reconoce el carácter multiforme y polivalente de la huelga, que va más allá de lo típicamente contractual y trasciende a cualquier interés colectivo laboral, profesional o económico: Corte Suprema.
Publicado por Artículo20 en: 2021/02/16
Corte Suprema de Justicia- Sentencia-2020-N
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