Claro, expreso y exigible: así deben ser los mandatos a cargo de las autoridades públicas para la procedencia de la acción de cumplimiento
Sala declara infundado el impedimento manifestado por los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para conocer la acción de cumplimiento que pretende se expida la reglamentación de la base de cotización pensional de los trabajadores públicos y privados que devenguen mensualmente más de 25 Smlmv.
Publicado por Artículo20 en: 2021/02/25
Consejo de Estado--2020-N
|