Fallo fotomultas: Corte Constitucional no es competente para iniciar incidentes de desacato para el cumplimiento de sentencias de constitucionalidad
La Corte advirtió que los ciudadanos cuentan con mecanismos judiciales para exigir que se acaten las decisiones. Así mismo, también pueden acudir a la Procuraduría General de la Nación que tiene la obligación de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
Publicado por Artículo20 en: 2021/02/19
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