RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. CONCURRENCIA DE CULPAS Por omitir el deber de prevención y atención de desastres, Distrito de Cartagena es declarado responsable por fallecimiento de menor de edad tras colapso de vivienda en zona de alto riesgo
La indemnización de daño futuro en caso de muerte de menor de edad resulta improcedente, debido a que su certeza está sometida a una doble eventualidad: que llegue a obtener el ingreso por una actividad productiva y que parte de dicho ingreso sea destinado al sostenimiento de los familiares: Consejo de Estado.
Publicado por Artículo20 en: 2021/04/06
Consejo de Estado--2020-N
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